- Boletín 11
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Nuevo orden constitucional mundial
Escrito por: Gustavo Enrique Barrera Torres
Abogado especialista en Derecho Público
Master Universitario España
Magister en Fiscalidad Internacional
docente investigador grupo ACADEMO
Como fundamento en la organización de los estados, y como alguna idea partiendo de la concepción del texto Constitucional como obra de la razón, de un liberalismo racionalista, señalamos que está pasando o atravesando unos momentos críticos dados a parte de otros factores como por la globalización e internalización de la economía. El estado Constitucional inicialmente planteado ha perdido vigencia ante la perspectiva de una nueva organización mundial política como un nuevo orden jurídico que regule las distintas relaciones entre los Estados en el contexto mundial, y que estaría gestando un nuevo orden jurídico y Constitucional Mundial, siendo posiblemente favorable a la creación de una confederación de estados como comunidad política, pero con mantenimiento de la soberanía de los distintos pueblos.
Partiendo entre algunas ideas de que los textos Constitucionales cuando fueron concebidos como obra de la razón e igualmente unas ideas de un liberalismo racionalista, es un texto o compendio de un gobierno y con validez en un espacio geográfico y momento histórico, tenemos que decir que esta Constitucionalidad propia y con apogeo de los siglos XX, fue la que impero y se cristalizo aún ya en vigencia de los derechos humanos de la tercera generación, y estados democráticos sociales de derecho; pero inevitablemente debemos concluir o comprender que la Constitución como un documento de gobierno, como en su concepto liberal burgués está pasando actualmente por unos momentos críticos, dados por una llamada revolución de la comunicación e interacción y consecuente globalización o mundialización en todos los conceptos.
Entonces cuando se plantea una crisis Constitucional, nos referimos a los precisos momentos históricos que estamos atravesando de un mundo globalizado tanto por las tecnologías de la información y comunicación, el internet y otros, como la mundialización de la economía y ello con la consecuente concentración o detentación del poder económico en la escala mundial.
Un sistema basado en ideas democráticas y de libertades han perdido vigencia en donde el Estado nacional Constitucional está perdiendo sentido ante la concepción de una organización mundial la cual conlleva a nueva estructura política en torno a lo que sería conocido como una aldea global; pero este contexto ya no producto directamente, de una cultura imperialista, expansionista por afanes de dominio territorial de tiempos pasados.
Hoy en día el contexto como uno de los básicos es el económico, aunque ello conlleve concentración de poder político, y en donde la internalización o mundialización, globalización de la economía ha extendido y sobrepasado las fronteras territoriales de los estados, con su desarrollo tanto en la educación, industria, cultura, medio ambiente y el derecho, con este nuevo orden mundial surge la necesidad de uno nuevo, el orden jurídico que regule las distintas relaciones jurídicas, no ya entre los distintos particulares asociados de un Estado, si no entre los distintos Estados o naciones del contexto global y como una de ellas la llamada Fiscalidad Internacional o tributación internacional que sería la propia del contexto económico y comercial de los distintos Estados; y esto acercándonos a una mundialización del derecho generándose un nuevo contexto y cambios en el distinto organigrama mundial, como interno de cada uno de los Estados. Nótese que no estamos lejos de este escenario, y si observamos ya la naturaleza y funcionalidad de la Unión Europea, el MERCOSUR, CEPAL etc.
Obviamente como observamos y estamos hablando de un nuevo orden, de un derecho mundial y como consecuencia de la referida y conocida globalización, entonces necesariamente se estaría gestando un nuevo orden constitucional mundial, en los distintos territorios y estados del planeta y en donde muy posiblemente se mostraría favorablemente la creación de una CONFEDERACIÓN de Estados como una comunidad política, pero con el mantenimiento de la soberanía en los distintos Estados.
De esta forma y en cierta parte estarían resultando inocuos los órdenes Constitucionales de los distintos estados, los cuales además de tenerse que ajustar a ese nuevo orden mundial que surja producto de estas nuevas relaciones jurídicas entre ellos, y como fortalecimiento o adecuación legal de las existentes. El derecho internacional además de su contexto público se verá necesariamente acompasado con una nueva regulación internacional privada, tanto en su órbita, civil, comercial como penal entre otros.
Esto necesariamente hace que cambie el marco Constitucional de los distintos Estados e igualmente su sujeción u obligatoriedad al nuevo orden mundial, y en donde entraría en juego el carácter punitivo como coercitivo como compromiso de los distintos Estados; y ya no estaríamos solo obligados o comprometidos simplemente si nuestro Estado haya echo parte, aceptado ese orden mundial o si lo hubiésemos incorporado en nuestra Constitución nacional respectiva.
Como conclusión diremos que estamos próximos o en las puertas de una nueva legislación o regulación mundial con la necesaria vinculación de todos los estados como sujetos de derechos y obligaciones, como igualmente dentro de un marco sancionatorio y/o punitivo que garantice y regule nuestras relaciones en el contexto mundial. de esta forma y consecuencialmente, y aunque se conserve la identidad e individualidad de cada estado, necesariamente el estado nacional constitucional retrocede o disminuye su vigencia; ante la presencia de lo que sería un estado internacional constitucional. Si así han de ser las cosas obsérvese, y no sería ilógico que todos los ciudadanos estemos obligados a cumplir las leyes, Constitución Nacional nuestras; sino también un Orden Mundial Constitucional
REFERENCIAS
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J.A. Schumpeter. Sociologías del Imperialismo. Madrid 1965.
H. Héller. La Soberanía. Contribución a la Teoría del Derecho estatal y del Derecho Internacional. 2 Ed. México 1995
P de Vega. Mundialización. Estudios políticos. 1998.