- Boletín 19
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Derechos Humanos en tiempo de coronavirus
Escrito por: Cesar Esteban Pardo Sarmiento.
Abogado UNICIENCIA.
Funcionario Unidad de Policía Judicial Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario INPEC.
Director General Oficina Interamericana Para la Paz y el Desarrollo Sostenible OIPPDS DDHH
Mucho se ha dicho al respecto de este tema, e incluso existen pronunciamientos de la Corte Interamericana de DDHH, las Naciones Unidas y otros organismos y entidades encargados de velar por los DDHH en todo el mundo.
Sin embargo, quiero plantear esta discusión en términos de la necesidad de limitar, restringir e incluso suspender derechos fundamentales en el contexto de una emergencia sanitaria, ya no en virtud de las necesidades de prevención y disminución del contagio, sino como consecuencia de la desobediencia civil. En otras palabras, esta reflexión se ubica, desde la tribuna del derecho, analizando el deber nacido de la pertenencia, como ciudadano o ciudadana a un Estado de derecho.
Al respecto, llama la atención, la gran cantidad de comparendos, multas, sanciones, operativos y demás que han adelantado las autoridades en todos los países del mundo en virtud de acciones violatorias de las personas en sus calles y ciudades. En el caso de Colombia, al momento de redactar este documento, se registran más de 200.000 multas, 50.000 operativos y se han expedido cientos de resoluciones, decretos, normas, acuerdos, entre otros, que buscan reglamentar al más mínimo detalle, el comportamiento de las personas afectadas por las medidas de emergencia sanitaria.
Lejos estamos de las acciones feudales en las que podían cerrar las fortalezas obligando a sus habitantes a morir de inanición con tal de no dejar entrar o salir una epidemia. Pero infortunadamente, y a pesar de haber avanzado en educación e ilustración, pareciera que hemos retrocedido en perspectiva social y en el sentido de supervivencia que distinguió nuestra especie durante millones de años.
Se discute sobre la libertad de expresión, el libre acceso a la información, la protección de datos personales, y demás, pero es evidente que el centro cibernético de la Policía Nacional, identifica al menos 200 noticias falsas sobre el COVID19 en las redes y páginas web.
Kathryn Sikkin, investigadora y autora del libro: The Hidden Face of Rights: Toward a Politics of Responsibility (La cara oculta de los derechos: hacia una política de responsabilidad), afirma que para proteger nuestro derecho colectivo a la salud en la actual situación de pandemia, necesitamos equilibrar nuestros derechos individuales con las responsabilidades colectivas.
En Colombia, invocando el artículo 215 de la Constitución Política, el Presidente Iván Duque ha dictado disposiciones para conjurar la crisis e impedir la extensión de sus efectos. Esta decisión, ocasionó un choque de trenes entre el ejecutivo y quienes se erigen como voceros y defensores de los Derechos Humanos “individuales”, por llamarlos de alguna manera, que asumieron la representación se quienes opinan que deben priorizarlos, obviando la tesis superior que busca hacer entender a todos, que mis derechos terminan justo donde comienzan los de los demás. Así como cabe una importante dosis de obligatoriedad en los Estados, no es menos cierto que al ciudadano le acude su parte en cuanto a la responsabilidad.
Un problema con la palabra responsabilidad, compartiendo las tesis de Sikkin, es que la gente a menudo la usa con el significado legal común centrado en quién es culpable. Nuestra sociedad, esta nueva versión del mundo y las relaciones entre los ciudadanos, debe evolucionar hacia la consolidación de una responsabilidad política que es prospectiva. Este tipo de responsabilidad no pregunta "quién tiene la culpa", sino "¿qué debemos hacer?" La responsabilidad prospectiva se hace necesaria para abordar la pandemia del coronavirus y llevarnos a pensar en lo que debemos hacer en el mundo después de la pandemia.
Una sociedad lastimada y que percibe las medidas sanitarias como instrumentos de opresión y expresión de totalitarismo es peligrosa, en la medida en que la respuesta lógica a esas medidas será entonces necesariamente, la resistencia materializada en la desobediencia civil.
¿Cómo lograr el equilibrio necesario entre legalidad, garantía de los DDHH y protección de la población? Para ello, infortunadamente es necesario contar con un aparato institucional garantista, respetuoso, sólido y eficaz. Que es justamente lo que no tenemos en Colombia. Entonces debemos acudir a lo que se ha denominado la “conciencia social” para que, en ausencia de instituciones creíbles y consolidadas, todos podamos disfrutar de estos derechos. Eso implica que todos los actores socialmente conectados a este problema y capaces de actuar, deberemos ejercer responsabilidades que no están siempre bien definidas. El estado y sus representantes, no pueden liarse en público en discusiones bizantinas, como lo vemos en nuestro país. Las diferencias de criterio entre quienes ejercen, para bien o para mal el liderazgo de la sociedad, deben absolverse en privado y no a golpes de micrófono.
Las instituciones como la Procuraduría, Contraloría, Defensoría, Fiscalía y Personería, deben asumir un discurso social, protector del ciudadano de a pie, y constituirse en el bastión de la constitucionalidad que protegerá al sujeto de eventuales abusos y arbitrariedades por parte de las autoridades. Y a su vez, esas autoridades civiles, militares y de policía, deben conocer muy bien los límites que la Constitución impone a su accionar y, aunque en ocasiones deba imponer las normas, también estar en capacidad de orientar, acompañar y garantizar los derechos incluso de quienes se constituyan en infractores.
Los derechos humanos en tiempo de pandemia, no deben ser un factor de confrontación, sino por el contrario, un Insumo el que puedan encontrar herramientas y estrategias los gobiernos nacionales, departamentales y municipales, las instituciones de atención médica, los medios de comunicación, las organizaciones sin fines de lucro, las universidades y hasta cada persona en particular.
Desde ese ámbito individual, nuestras responsabilidades frente a la crisis del COVID-19 incluyen la responsabilidad de lavarnos las manos, quedarnos en casa, cubrirnos la boca y la nariz al toser o estornudar, pero también estar informados y no entrar en pánico. ¿Quién hubiera pensado que desarrollar nuevas normas sobre el lavado de manos, el uso de un tapabocas y la restricción de viajar, se convertirían en problemas de política internacional? Cada gobierno toma medidas, crea leyes y establece políticas de manera inconsulta con otros países. Pero un enfoque prospectivo de derechos y responsabilidades sugiere que necesitamos más respuestas nacionales e internacionales bien coordinadas.
No podemos permitir que el miedo, la crisis y la crítica situación económica mundial, sean excusa para sacar lo peor de nosotros. Fernand de Varennes, relator especial de la ONU para las minorías, advierte que el COVID19, está sirviendo de instrumento para el resurgimiento de filosofías ultranacionalistas y xenofóbicas. Existen informes, comenta Varennes, acerca de la violencia física que sufren los ciudadanos chinos y las personas asiáticas; de los discursos de odio que culpan a minorías, como a los romaníes y a los hispanos, de la propagación del virus; y de políticos que piden que no se permita el acceso de los inmigrantes a los servicios médicos. Todo muestra que los estados deben enfatizar de forma urgente que los derechos humanos de todos, particularmente de los más vulnerables y marginados, deben ser protegidos.
Es decir que ahora no solamente son los gobiernos y las instituciones las que resultan potenciales vulneradoras de derechos, sino que la sociedad misma, en una involución provocada por el miedo, está girando hacia una confrontación interna, que, de no abordarse desde todos los campos, desencadenará en una crisis global peor que el mismo virus.
Pronto se establecerán sitios y áreas para ser visitadas o recorridas por infectados y no infectados, portadores y no portadores.
Al mejor estilo de populares series y películas, estornudar en la calle podrá ocasionar, si no la muerte, por lo menos si la exclusión. Si permitimos que esta nueva tendencia permee nuestros sistemas educativos, legislativos, administrativos y sociales, bien pronto estaremos hablando de derechos humanos para infectados y derechos humanos para no infectados. Ese es el verdadero rostro de la pandemia.
Sin embargo, aunque hay una correlación entre derechos y deberes, la postulación de estos como una obligación jurídica no debe ser vista en modo alguno como una condición para el disfrute de los Derechos. Es decir, ni el estado recibe poderes plenipotenciarios por la pandemia, ni el ciudadano puede invocar la crisis como excusa para vulnerar los límites y principios que rigen el contrato social.
En conclusión, y como acertadamente lo expone la ONU, existe un fundamento jurídico para las obligaciones que todos tenemos en una situación crítica como la actual. Entre ellas, respetar las normas de emergencia, evitar el contagio, no acaparar bienes esenciales para todos, invertir apropiadamente los recursos que el Estado dispone para enfrentar la pandemia, acatar las normas de distanciamiento social o prevención sanitaria, y fundamentalmente conocer, respetar y promover los derechos fundamentales, no como excusa ni como discurso político, sino como la única posibilidad de sobrevivir con éxito, no sólo está, sino todas las crisis que se derivarán de la pandemia de COVID19.
El mundo ya no es el mismo. La sociedad ha mutado como el virus. Esperemos entonces que esta mutación no resulte en una enfermedad peor: la discriminación, el odio, el totalitarismo y la exclusión frente quienes piensan, creen, hablan o se ven diferentes a nosotros.
BIBLIOGRAFÍA
2https://www.ambitojuridico.com/observatorio-juridico-coronavirus-covid-19
3The Hidden Face of Rights: Toward a Politics of Responsibility (La cara oculta de los derechos: hacia una política de responsabilidad)
5https://www.un.org/es/coronavirus/articles/proteger-derechos-humanos-coronavirus